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LICENCIAS DE JUGADORES
Las licencias de los jugadores las tramitarán
los clubes a los que pertenecen. Si un jugador decide
tramitar su licencia personalmente, se le dará la categoría
de Independiente.
Tanto los clubes como los jugadores
independientes tramitarán y abonarán las licencias a
través de las Delegaciones Provinciales. Los Clubes lo
harán en la Delegación Provincial a la que pertenecen
geográficamente. Un jugador Independiente podrá elegir
la Delegación Provincial que desee.
Un jugador podrá cambiarse de club durante la
temporada. Para ello solicitará a la FACM la baja de su
anterior club y el alta en el nuevo Club, comunicándolo
también a su club de origen y a la Delegación Provincial
a la que pertenezca.
Un jugador que se cambie de club sólo podrá
jugar con su nuevo club en una competición oficial por
equipos provincial o regional en la misma temporada si no
ha disputado ninguna partida oficial por equipos con su
anterior club.
En competiciones oficiales individuales de la
FACM un jugador podrá participar en cualquier Delegación
Provincial durante la misma temporada, con la única
limitación de que no podrá jugar dos veces el mismo tipo
de competición oficial provincial en dos Delegaciones
distintas.
TEMPORADA
DE COMPETICIÓN
La FEDA establece que la temporada de competición
oficial es el año natural, por lo tanto empieza el 1 de
enero y finaliza el 31 de diciembre del mismo año.
No obstante, dado que el inicio de las
competiciones oficiales de la FEDA deja poco margen
durante el año, la temporada de Competición de la FACM
se iniciará el 1 de Octubre del año anterior al oficial
de la FEDA y finalizará el 30 de septiembre del año
oficial de la FEDA.
Cada Delegación Provincial podrá elaborar con
estas fechas su calendario oficial de competiciones,
siempre que no estén en discordancia con los de las
competiciones regionales de la FACM.
A los jugadores y clubes que empiecen la
competición en Octubre no se les tramitará la licencia
hasta el 1 de enero del año siguiente. No obstante, tanto
los jugadores y los clubes por el hecho de participar en
una competición oficial de la FACM están obligados a
tramitar su licencia con la FACM a partir del 1 de enero,
en cuanto la FACM así lo requiera dentro de los plazos
oficiales que se establezcan. Si un jugador se negara a
tramitar su licencia con la FACM y la tramitara a través
de otra Federación Autonómica, se informará a la FEDA
para que se le retire la licencia y se le impongan las
sanciones oportunas, aparte de las que establezca la FACM.
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